Bono por Hijo Nacido Vivo o Adoptado

Septiembre 17, 2010. Archivado en categoría: Sin categoría

“Yo nunca coticé, siempre trabajé en el campo y en la casa. Imagínese cuánto trabajaba yo, con nueve hijos, todos seguidos, sin agua potable ni luz eléctrica. Los miércoles y los sábados bañaba a mis crías y dejaba lavada la ropa, porque al otro día me tocaba la siembra y tantas otras cosas… Todo lo hacía sola, porque mi esposo, que era constructor de ribera, trabajó la mayoría de sus años en la Isla Huar. Cuántos pañales lavé, cuánta ropa cosí y tejí, todo a mano, porque no tenía máquina de coser…”.

MARUJA GALLARDO

Muchas mujeres del sur y de todo Chile pasaron por lo mismo o tuvieron vivencias muy similares a las de Maruja Gallardo, de la zona de Quildaco Bajo, en la costa de la comuna de Hualaihué. En abril de este año cumplió los 65 -sus hijos tienen entre 28 y 44 años- y en mayo se dirigió al municipio para tramitar su PBS de Vejez y el Bono por Hijo, beneficio que elevará su pensión por sobre los $75.840.

A fines de mes le debería llegar su primer pago, por lo que aún no sabe cuánto será el monto final de su pensión, pero éste debería rondar por los $90.000. El trámite fue fácil: sólo tuvo que concurrir al municipio con su carné de identidad y un listado con los datos de sus nueve hijos.

Bono por Hijo: el por qué
Como lo refleja el caso de la señora Maruja Gallardo, ya sea como consecuencia de la maternidad o por trabajos informales, muchas mujeres nunca han cotizado y, si lo han hecho, sus cotizaciones son menores a las de los hombres, lo que impacta negativamente en el monto de su pensión.
Por esto es que una de las medidas de la Reforma Previsional consiste en entregar a las mujeres un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado que tenga, aumentando sus ahorros previsionales y asegurando así una vejez más digna para miles de mujeres chilenas.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Bono por Hijo?
-Tener uno o más hijos nacidos vivos o adoptados.
-Tener 65 años o más.
-Haber vivido en Chile al menos 20 años y cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud del beneficio.
-Que la mujer se haya pensionado a partir de julio del 2009, porque el bono empezó a pagarse desde esa fecha.
-Estar afiliada al Decreto Ley Nº 3.500 (AFP).

¿Quiénes son las beneficiarias del Bono por Hijo?
-Pensionadas por AFP o Compañía de Seguros, a contar del 1 de julio del 2009.
-Mujeres con Pensión Básica Solidaria (PBS) que hayan comenzado a recibir el beneficio después del 1 de julio del 2009.
-Pensionadas por sobrevivencia (montepío o viudez) ya sea de una AFP o del IPS. En ambos casos, además, pueden ser beneficiarias de APS. Si se encuentra en una de estas situaciones no afecta que haya comenzado a recibir su pensión antes de julio de 2009.

Preguntas frecuentes en torno al Bono por Hijo:

¿Qué sucede con los hijos adoptados?
Un hijo adoptado genera dos bonos: uno para la madre biológica y otro para la mujer que lo adoptó.

¿Cuál es el monto del Bono por Hijo?
El monto del bono corresponde al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales vigentes al mes en que nace el hijo ($309.600 aproximadamente por cada hijo). Lo importante es que esta bonificación va ganando rentabilidad hasta que la mujer cumpla los 65 años, edad en que puede solicitar el beneficio.

¿Cómo se calcula la rentabilidad del Bono por Hijo?
Dependiendo de cuándo nació el hijo, existen dos tipos de rentabilidades:
-Para los hijos nacidos antes del 1 de julio de 2009: Empezará desde julio de 2009 hasta que la mujer cumpla los 65.
-Para los hijos nacidos después del 1 de julio de 2009: Se contará desde el mes en que nazca el hijo y hasta que la mujer cumpla 65 años. A contar del 2009, cada bono por hijo ganará una rentabilidad (promedio) equivalente a la que tenga anualmente el Fondo Tipo C.

¿Quienes NO tienen derecho al Bono por Hijo?
– Pensionadas con sus propios fondos antes del 1 de julio del 2009 (pensión autofinanciada).
– Las futuras pensionadas del IPS, Capredena y Dipreca.

¿Cómo se transfiere el Bono por Hijo a la pensión?
El bono se suma directamente a la PBS de Vejez o a la cuenta de AFP si la mujer está afiliada a una.

¿Dónde se solicita el Bono por Hijo?
Cumpliendo con los requisitos, la mujer puede solicitar el beneficio en cualquier sucursal del IPS, en su Municipalidad o en su AFP si está afiliada a una.

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